Se celebra en nuestro país uno de los hechos más importantes de nuestra historia: «La independencia Argentina«, nuestra afirmación como Nación latinoamericana, la concreción de largos procesos iniciados el 25 de Mayo de 1810, y que se deben ir conquistando y manteniendo constantemente, como individuos y como pueblo.
La declaración de la Independencia, según los escritos de la época.
El 9 de julio de 1816 el Congreso General Constituyente reunido en la ciudad de Tucumán declaró la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Para recordar este acto fundacional, hemos seleccionado un artículo aparecido un mes y medio después de la declaración solemne. Fuente: El Redactor del Congreso, Nº 6, del 23 de agosto de 1816, pág. 5, reproducido por Emilio Ravignani en Asambleas Constituyentes Argentinas, Tomo I, Buenos Aires, 1937, págs. 217-218, en Ramallo, Jorge María, La declaración de la independencia, Buenos Aires, sin fecha. “Pueblos y habitantes todos del sud: A vosotros dirijo la palabra inundado en avenidas del placer más puro. Llegaron los suspirados instantes de la providencia. Se abrió a la faz del mundo el gran libro del destino, para que en una de sus páginas leyesen los americanos el soberano decreto de emancipación de su metrópoli europea en los días de su decrepitud política. No debieron, sin duda, ser eternas nuestras cadenas, ni inconsolable nuestro llanto. Una mano invisible, que parecía habernos abandonado muchas veces a los funestos efectos de una suerte versátil e inconstante, había fijado el momento, que reemplaza con ventajas los muchos en que naufragó nuestra esperanza, y nos pone en la posesión de un bien que graduábamos distante de nosotros. No está pues en el orden, que para anunciarlo al mundo, retrogrademos a la consideración de aquellos trescientos años de vejaciones que inventó el despotismo, acumuló en nuestros países la ferocidad de nuestros conquistadores y quiso continuar en su modo la prepotencia de los antiguos mandatarios españoles. Sabido es, y no se oculta a las naciones del orbe, el violento despojo de los justos e imprescriptibles derechos de esta parte del mundo conocido. Y cuando la providencia quiso marcar la revolución de la Península con el sello de su inminente disolución y exterminio, ha permitido también que el orden de los sucesos y el peso de la justicia restablezcan a la América el pleno goce de una libertad, que era suya por tantos títulos, y de que sólo pudo despojarla escandalosamente la fuerza al abrigo de una oculta permisión, cuyo sagrado no es dado al corazón humano violar con cálculos atrevidos. Adorémosla, sin osar investigarla: y echando un velo sobre nuestros pasados males, sólo demos lugar al gozo de anunciar al mundo imparcial su terminación feliz, y que el cúmulo de poderosos motivos que nos han conducido al cabo de esta solemne declaración que hacemos, justificarán nuestra conducta y la eterna separación a que hemos aspirado de la monarquía española; separación indicada por la misma naturaleza, sancionada por los más inconcusos derechos, y debida a la inspiración nunca interrumpida de la América toda. ¡Cuánto debemos apreciar, oh, América, un momento que, sepultando en el caos del tiempo el transcurso de trescientos años de ominosa esclavitud, nos da paso franco a los de nuestra suspirada libertad! No inquietaremos las cenizas de nuestros padres con el ruido de nuestras duras cadenas y los que nos sucedan no nos llenarán de execraciones, porque no supimos quebrantarlas, continuando su opresión. Bendecirán nuestros esfuerzos y señalarán el día de su libertad con monumentos indelebles de su eterna gratitud. El día 9 de julio será, para ellos como para nosotros, tan recomendable, tan glorioso, como el 25 de mayo. En el momento que aparezca el sol que los preside, le saludaremos sin poder contener la abundancia del gozo. ¡O diem latum, notandum nobis candisisimo cálculo! Quiera el cielo prosperar nuestra resolución generosa, y que ella sea el vínculo sagrado que una e identifique nuestros sentimientos, la benéfica estrella que disipe nuestras desavenencias y el numen tutelar que nos inspire virtudes, que sea exclusivamente las bases de la santa libertad que hemos jurado.”. Acta de la declaración de la independencia argentina – 9 de julio de 1816 Fuente: El Redactor del Congreso Nacional, Nº 6, pág. 4, 23 de septiembre de 1816, en Ravignani Emilio, Asambleas Constituyentes Argentinas, Tomo I, Buenos Aires, 1937, págs. 216-217. En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis, terminada la sesión ordinaria, el Congreso de la Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto, y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España. Los representantes, sin embargo, consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, la de los pueblos representados y la de toda la posteridad. A su término fueron preguntados si querían que las provincias de la Unión fuesen una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli. Aclamaron primero, llenos del santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime voto por la independencia del país, fijando en su virtud la determinación siguiente: “Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia, que regla nuestros votos, declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas, haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a la naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.” ”Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios. – Francisco Narciso de Laprida, presidente. –Mariano Boedo, vice-presidente, diputado por Salta. –Dr. Antonio Sáenz, diputado por Buenos Aires. – Dr. José Darregueyra, diputado por Buenos Aires. – Dr. Fray Cayetano José Rodríguez, diputado por Buenos Aires. – Dr. Pedro Medrano, diputado por Buenos Aires. – Dr. Manuel Antonio Acevedo, diputado por Catamarca. – Dr. José Ignacio de Gorriti, diputado por Salta. – Dr. José Andrés Pacheco Melo, diputado por Chichas. – Dr. Teodoro Sánchez de Bustamente, diputado por la ciudad y territorio de Jujuy. – Eduardo Pérez Bulnes, diputado por Córdoba. – Tomás Godoy Cruz, diputado por Mendoza. – Dr. Pedro Miguel Aráoz, diputado por la capital del Tucumán. – Dr. Esteban Agustín Gazcón, diputado por Buenos Aires. – Pedro Francisco de Uriarte, diputado por Santiago del Estero. – Pedro León Gallo, diputado por Santiago del Estero. – Pedro Ignacio Ribera, diputado de Mizque. – Dr. Mariano Sánchez de Loria, diputado por Charcas. – Dr. José Severo Malabia, diputado por Charcas. – Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros, diputado por La Rioja. – L. Jerónimo Salguero de Cabrera, diputado por Córdoba. – Dr. José Colombres, diputado por Catamarca. – Dr. José Ignacio Thames, diputado por Tucumán. – Fr. Justo Sta. María de Oro, diputado por San Juan. – José Antonio Cabrera, diputado por Córdoba. – Dr. Juan Agustín Maza, diputado por Mendoza. – Tomás Manuel de Anchorena, diputado de Buenos Aires. – José Mariano Serrano, diputado por Charcas, Secretario. – Juan José Passo, diputado por Buenos Aires, Secretario”. (El Historiador)
Fuente: http://www.planbnoticias.com.ar/
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