Marco normativo y formularios

La formación continua en el ámbito de la formación docente y técnica cuenta con un amplio marco normativo que la regula nacional y jurisdiccionalmente. En este marco, el Instituto ha elaborado “Pautas para el diseño, implementación y evaluación de propuestas de formación continua”, que constituye el Anexo de la Resolución 266 del Consejo Directivo aprobada por el Consejo Directivo en diciembre del 2018, en orden a orientar el trabajo de la institución en el cumplimiento de esta función sustantiva de los Institutos de Educación Superior.

Toda esta normativa está encuadrada en lo establecido en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058.

 

 Marco normativo para la Formación Docente Continua

Las instituciones y los equipos docentes del nivel de Educación Superior que buscamos desarrollar propuestas de formación docente continua con fundamentos político-pedagógicos sólidos, tomamos como referencia insoslayable el Anexo II de la Res. CFE Nº 30/07 que contiene los “Lineamientos nacionales para la formación docente continua y el desarrollo profesional”. 

Tal como se plantea en la resolución de nuestro Consejo Directivo, las propuestas de formación continua del Instituto, según el circuito de evaluación, pueden ser:

  • Institucionales: acciones formativas institucionales con resolución aprobatoria del Consejo Académico, diseñados según los procedimientos que establezca el Centro de Formación Continua. Las Juntas de Calificaciones son las que los valoran en cada caso.
  • Jurisdiccionales: propuestas formativas reguladas actualmente por la Resolución 1698-DGE-19 (que deroga la Resolución 1835-DGE-15) o postítulos docentes regulados por la Resolución 2126-DGE-11. En cada resolución se establece el puntaje que se reconocerá por esa formación. Los postítulos, “ofertas de competencia jurisdiccional a cargo de los Institutos Superiores de Formación Docente”, se enmarcan en lo dispuesto por la Resolución CFE Nº 117/10.
  • Nacionales: propuestas de educación a distancia reguladas por la Resolución CFE Nº 346/18 (deja sin efecto la Resolución CFE N° 32/07) que instituye las cabeceras jurisdiccionales que, en el caso de Mendoza, se regula por la reciente Resolución 1679-DGE-2019. Cabe señalar, ademas, que nuestro Instituto es sede de Postitulos Nacionales impulsados por el Instituto Nacional de Formacion Docente (INFoD), llegando a gestionar, en su momento de mayor desarrollo (2013-2015), hasta 13 ofertas de este tipo.
Formulario institucional para la presentación de proyectos: Acciones Formativas Institucionales
Formulario institucional para la presentación de proyectos: Cursos de Perfeccionamiento Docente con puntaje - Res. 1698-DGE-19 
Formulario institucional para la presentación de proyectos: Postítulos Docentes - Res. 2126-DGE-11

 

 Marco normativo para la Formación Profesional Continua

Lo primero que debemos tener presente, en este caso, es que a partir de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Educación Técnico Profesional (ETP) es una de las ocho modalidades del sistema educativo nacional. Es un subsistema complejo que cuesta ser comprendido si se lo intenta graduar de manera lineal, en paralelo con los niveles del sistema educativo, o con la lógica de la Formación Docente. La estructura del subsistema de la Educación Técnico Profesional ha terminado de quedar establecido en cuanto a los títulos y certificados que otorgan sus ofertas formativas por la Resolución CFE Nº 13/07 y, recién en el año 2016 con la Resolución CFE Nº 288/16 en cuanto a sus propósitos formativos, sus formatos curriculares, su relación con la ETP inicial y sus cargas horarias.

En esta tabla se puede visualizar la estructura de la Modalidad de Educación Técnico Profesional:

En este marco, la Formación Profesional Continua (es la denominación propia de la formación continua en la Educación Técnico Profesional) es entendida, por un lado, como el conjunto de propuestas formativas (actualizaciones y especializaciones) que se ofrecen tanto a técnicos de nivel superior (como en el caso de la Formación Docente Continua) como a técnicos de nivel secundario. Ella incluye, además, a los cursos y trayectos formativos de quienes realizaron una Formación Profesional en cualquiera de sus niveles (I, II y III). En la tabla anterior la pueden visualizar sombreada en color naranja.

La jurisdicción, en sintonía con lo establecido en la Resolución CFE Nº 288/16, emite la Resolución 2956-DGE-16 en la que que se aprueba la implementación de cursos y trayectos de Formación Profesional Continua en el ámbito de los Institutos de Educación Superior según los criterios establecidos en sus anexos. En la Resolución 2634-DGE-19, se «complementa, explicita y amplía» la Resolución anterior.

Dada la importancia que tienen los formatos curriculares modulares en la Educación Técnico Profesional, en general, y en la Formación Profesional Continua, en particular, consideramos de especial interés el estudio de la Resolución Nº CFE 287/17 a la hora de diseñar propuestas formativas de este tipo.

Formulario institucional para la presentación de ideas-proyecto: Formación Profesional Continua