La DGE dispone la continuidad para el ciclo lectivo 2016, a partir del último día laborable establecido por el calendario escolar, exclusivamente al personal docente suplente que cumple alguno de los requisitos detallados en la Resolución Nº 3034/15.
Se desempeña en cargos y/u horas cátedra vacantes.
Reemplaza a docentes titulares que hayan hecho reserva de empleo, por representación gremial, política o cargo de mayor jerarquía en Ia administración pública nacional, provincial o municipal (Artículo 61° y 62° Ley N° 5811) y en uso de licencia prevista en los Artículos 52°, 53° y 54° de la Ley N° 5811.
Reemplaza a docentes que cumplen funciones como Miembros de las Juntas Calificadoras de Méritos y de las Juntas de Disciplina.
Reemplaza a docentes que se encuentran bajo el régimen de Cambio de Funciones otorgado por la Unidad de Control y Gestión de Salud Laboral dependiente de la Dirección General de Escuelas.
Reemplaza a docentes que se encuentran en uso de licencia por los Artículos 40° y 44° de la Ley N° 5811, cuando dicha licencia sea de treinta (30) días o más a partir de la fecha del ofrecimiento y hasta la presentaci6n del alta médica del personal.
Reemplaza a docentes que se encuentran afectados a Misión Especial.
Reemplaza a docentes titulares con traslado transitorio cuando la Junta Calificadora de Méritos haya notificado Ia prórroga a partir de enero de 2016.
La continuidad de los docentes suplentes se ofrecerá según se detalla en los Anexos que forman parte de la Resolución.
De:Resolución Nº 3034/15
Enviado por la Prof. Flavia García
secretaria9001@gmail.com
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Resolución Nº 3034/15
http://bases.mendoza.edu.ar/aplicaciones/legales/gestion/documentos/182263_3034Continuidad%20docente.pdf