*Elevar sueldo inicial sin ant. y sin zona a $3500 , igual 18 hs. cátedra. *Aumentos escalonados y acumulativos: marzo a junio 15% y desde julio 10%, aplicable sobre Básico y Estado Docente y sobre Básico y acuerdo paritario 2008 para Celadores. *Remunerativo y Bonificable y se aplicará a partir del 1 de marzo (es decir, se hace acumulativo pero NO retroactivo a enero y febrero) *Indice del Básico: Marzo a Junio: Cargos 1,6675; Horas Cátedra 1,38 (Media) y en Superior 1,3465, Celadores 1,6675. Julio a Diciembre: 1,8342, » 1,5180 » » 1,48 » 1,8342. *Aumento del Estado Docente para los cargos de Marzo a Junio a $1092,50 y a partir de Julio $1201,75, abonándose en dos cargo base, un cargo de base y 20 hs. cátedra, cargo jerárquico y 16 hs. cátedra y hasta 36 hs. cátedra. *Aumento del acuerdo paritario 2008 para celadores de marzo a junio a $1400,70 y desde julio a $1540,77. *Aumento del Estado Docente a las hs. cátedra de marzo a junio de $46 y desde julio $50,60. *Abono al personal trabajador NO docente de $200 mensuales como nuevo ítem de liquidación remunerativo y no bonificable desde marzo. *Abono de $400 en concepto de ropa para los Celadores. *Abono de $350 para Docentes en concepto de Ayuda Utiles con el sueldo de marzo (igual ítems anteriores). *Cupo de 500 viviendas para trab. de la Educación en convenio con el IPV. *Transporte extensivo a enero para celadores. *Titularización de Celadores ingresados al 30 de junio de 2012. *Realización de Concurso para Supervisores. *Reconocer Concurso de jerarquía directiva para Supervisión. *Crear comisión para reglamentar motivos de Traslado en Media. *Titularización de Docentes de Nivel Superior ingresados al 30 de junio de 2005. *Programa de Desarrollo Profesional en Servicio para Docentes.
|